VENTAJAS FISCALES
La ley 27/2014 de incentivos fiscales al mecenazgo, permite que, puedas beneficiarte de una deducción superior sobre el total de las donaciones realizadas cuando hagas tu declaración de la renta.
El Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo ha modificado el artículo 19 sobre la deducción de la cuota de IRPF de la Ley 49/2002
Personas físicas (IRPF)
80% Hasta 150 € de donación a una o varias entidades (de los primeros 150 €, se puede deducir 120 €).
35% Resto de donaciones a partir de 150 €.
40% Donaciones a partir de 150 €, cuando en el ejercicio y en los dos anteriores, se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
(Consultar deducciones adicionales en las diferentes Comunidades Autónomas)Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)
Deducción en la cuota íntegra. Límite 10 % base imponible (si excede el límite, se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos sucesivos).35% Si en los dos ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad
40% Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad
OTRAS FORMAS DE COLABORAR
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GRACIAS
Queremos agradecer la labor incondicional de todos los voluntarios, personas y entidades que colaboran con la Fundación Juntos Mejor para llevar a cabo los distintos proyectos y actividades solidarias.
Socios, donantes y voluntarios de la FJMED
Comunidades educativas de Jesús-María
Asociación Familia Jesús-María
Comunidades religiosas Jesús-María
Grupos de trabajo
Grupo de trabajo de Alicante