Personas físicas (IRPF)
80% Hasta 150€ de donación a una o varias entidades (de los primeros 150€, se puede deducir 120€).
35% Resto de donaciones a partir de 150€.
40% Donaciones a partir de 150€, cuando en el ejercicio y en los dos anteriores, se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
(Consultar deducciones adicionales en las diferentes Comunidades Autónomas).
Personas jurídicas (Impuesto de Sociedades)
Deducción en la cuota íntegra. Límite 10 % base imponible (si excede el límite, se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos sucesivos).
35% Si en los dos ejercicios anteriores NO se ha donado a la misma entidad.
40% Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.